En Córdoba, la Justicia condenó a tres años de prisión efectiva al contador público Ricardo Novello por vender un departamento que ya había vendido previamente «en pozo» a otra persona. En su rol de fiduciario de un fideicomiso, Novello vendió el mismo departamento en 2012 y nuevamente en 2018, por lo que fue encontrado culpable del delito de desbaratamiento de derechos acordados según el artículo 173, inciso 11, del Código Penal Argentino.
El juez Carlos Palacio Laje determinó que el contador vendió el departamento a una tercera persona en agosto de 2018, habiéndolo ya vendido en enero de 2012 por 160.000 dólares. La sentencia destacó que el perjuicio patrimonial no necesariamente implica el pago del precio, sino que puede ser suficiente con la obligación de pagar una suma determinada. Se consideró que la defraudación se consuma con la disposición patrimonial que afecta al patrimonio del sujeto pasivo, ya sea por disminución del activo o aumento del pasivo.