Eduardo Christensen

¿El Fin de la Paridad de Género en los Directorios? Un Giro Legal en Argentina.

Facebook
Twitter
WhatsApp
Email

El Fin de la Paridad de Género en los Directorios: Un Giro Legal en Argentina. El 11 de abril de 2024, la Inspección General de Justicia (IGJ) de Argentina tomó la decisión de derogar varias resoluciones clave que exigían la paridad de género en las juntas de entidades civiles y sociedades comerciales. Esta medida afectó a las resoluciones 34/2020, 35/2020, 42/2020 y 12/2021, las cuales habían sido implementadas para asegurar una representación equitativa de géneros en los órganos de administración y fiscalización de dichas entidades 🏢.

Inicialmente, estas resoluciones garantizaban que ambos géneros estuvieran igualmente representados en los órganos directivos. En situaciones donde el número de miembros era impar, se requería que al menos un tercio de los miembros fueran del género menos representado ⚖️.

La revocación ha generado un amplio debate y controversia legal. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial ya había invalidado estas medidas en un caso específico, argumentando que la IGJ impuso requisitos que no están respaldados por la legislación actual de Argentina. Según la cámara, introducir restricciones a los derechos que no están legislados formalmente requiere de un proceso legislativo adecuado 📜.

Como respuesta a las objeciones legales y la falta de una base legal clara, la IGJ optó por retirar estas resoluciones. Actualmente, varios recursos de queja están siendo considerados por la Corte Suprema de Justicia de la Nación, que eventualmente emitirá un fallo final sobre este asunto controversial 🏛️.

Esta situación subraya la tensión entre las iniciativas administrativas para promover la igualdad de género y los procesos legislativos formales en Argentina.

Estudio Christensen – Derecho Penal
Tus Abogados Penalistas De Confianza
+54 9 351 211-2361