El 1 de febrero de 2024, se destacó un caso en España que sirve de advertencia sobre las consecuencias legales de quebrantar órdenes judiciales, especialmente en el contexto de la violencia de género. Un hombre, previamente condenado por amenazas en este ámbito y con restricciones específicas de no acercarse o comunicarse con su ex pareja, enfrentó nuevamente a la justicia. Esta vez, por intentar conectar con ella a través de TikTok, lo que resultó en una condena adicional por quebrantamiento de condena.
La prohibición inicial incluía el acercamiento a menos de 300 metros y la comunicación por cualquier medio con la víctima. Sin embargo, el acusado desoyó estas restricciones al solicitar amistad a su ex pareja en TikTok. Este acto, que debía ser realizado de manera manual y deliberada, fue interpretado como un incumplimiento flagrante de la sentencia anterior.
El resultado fue una condena de 8 meses de prisión e inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo, además de la obligación de cubrir la mitad de las costas procesales. A pesar de los intentos del acusado por apelar la decisión, argumentando que la solicitud en TikTok fue un acto casual y automático, la Audiencia Provincial de Castellón de la Plana confirmó la sentencia, subrayando la credibilidad y la inmediación de las pruebas presentadas en el juicio.
Este caso resalta la importancia de respetar las órdenes judiciales, especialmente en asuntos de violencia de género, y cómo las redes sociales se han convertido en un nuevo frente para la aplicación de estas leyes. La tecnología, lejos de ser una excusa para el incumplimiento, es un espacio más donde las restricciones legales deben ser observadas rigurosamente.